A- de 2019
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Holman Andres Montoya Parra·Demandado Surtifamiliar S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cali y el Juzgado Promiscuo Municipal de Guacarí (Valle).
La controversia entre los despachos judiciales involucrados se fundó en las diferentes interpretaciones que hicieron del factor territorial.
Teniendo en cuenta que ambos despachos son competentes para conocer la acción de tutela formulada, la Corte decide respetar la elección que a prevención hizo el actor y ordena remitir el expediente al Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cali, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
A la otra autoridad se le advierte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 12 de julio de 2019 proferido por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Cali, dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Holman Andres Montoya Parra contra la Surtifamiliar S.A.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3721, que contiene la accion de tutela presentada por el senor Holman Andres Montoya Parra, al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Cali, para que de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Guacari que siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporacion.
- Cuarto. Por Secretaria General, COMUNICAR al accionante y al Juzgado Promiscuo Municipal de Guacari la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.